Certificación de CFDI que autoriza el SAT

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Certificación de CFDI que autoriza el SAT

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De acuerdo a lo plasmado en la Resolución Miscelánia Fiscal (RMF) para el 2020, los proveedores de certificación de CFDI estarán a lo siguiente:

  1. La certificación de CFDI que autoriza el SAT consiste en:
    • La validación de los requisitos del artículo 29-A del CFF;
    • La asignación de folios; y
    • La incorporación del sello digital del SAT
  2. Deberán certificar de forma directa los CFDI y para acreditar dicha situación deberán solicitar a los contribuyentes que les proporcionen el escrito a que se refiere la regla 2.7.2.7., segundo párrafo, por ende, no podrán certificar por conducto de un tercero que opere en calidad de socio comercial, distribuidor o cualquier otra figura análoga.
  3. Cuando presten servicios complementarios a la certificación, deberán realizar la precisión correspondiente en los contratos que celebren con los contribuyentes, y en la publicidad que realicen deberán señalar con transparencia y claridad a qué se refieren dichos servicios.

2.7.2.7 “Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo, fracción IV, párrafo segundo del CFF, los contribuyentes podrán utilizar de manera simultánea uno o más proveedores de certificación de CFDI. Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior están obligados a proporcionar por escrito al proveedor de certificación de CFDI, su manifestación de conocimiento y autorización para que este último entregue al SAT, copia de los comprobantes que les haya certificado. “

Para efectos de la certificación a que se refiere la fracción I de esta regla, el proveedor de certificación de CFDI deberá también aplicar lo dispuesto en los documentos a que se refiere la regla 2.7.2.8., fracción XV.

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