Sector primario
Las actividades que conforman el sector primario son la agricultura, la ganadería, la pesca y la explotación forestal, al cual como persona física que se dedica a exclusivamente** a estas actividades puede pertenecer a este régimen.
Exclusivamente** Cuando tus ingresos por dicho sector representan cuando menos 90% del total, lo anterior, sin incluir las ventas realizadas de terrenos, maquinaria, o automóviles pertenecientes a tu activo fijo.
De acuerdo a la publicación en el sitio oficial del SAT:
- No pagar impuesto sobre la renta (ISR) hasta por un monto anual, de 40 UMA´s elevadas al año.
- Puedes elegir por presentar tus declaraciones provisionales de forma mensual o semestral.
- Aplicar una reducción de 40% en el impuesto sobre la renta (ISR) determinado.
- Deducir gastos por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores, sin necesidad de contar con factura electrónica.
- Deducir, gastos, inversiones, devoluciones, descuentos, bonificaciones, adquisiciones de mercancías, materias primas y la deducción anticipada de terrenos.
- Obtener una devolución de saldos a favor del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles.
Tú decides si cumples tus obligaciones de forma independiente, o bien como miembro de una asociación.
- Expedir factura electrónica cada vez que vendas algo, o realiza una factura global por las ventas que realices al público en general.
- Presentar declaraciones provisionales
- Presentar la información del IVA, de las operaciones realizadas con tus proveedores.
- Presentar declaraciones anuales al SAT
- Informar anualmente las operaciones con tus clientes y proveedores ante el SAT
- Presentar la información relacionada con su contabilidad electrónica.
- Notificar al SAT cuando se cambie de domicilio, de actividad o se quiera modificar la información contenida en el RFC.
Referencia: Sitio oficial del SAT